Retribución flexible: tributación del transporte

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Retribución flexible

Entre las diferentes opciones que puede proporcionar una empresa como retribución en especie, una de ellas son los bonos o facilidades de transporte para el trabajador. Debemos recordar que la retribución en especie tiene repercusiones fiscales, por lo que conviene saber cómo tributarían estos conceptos de transporte.

Si tomamos como referencia la Ley del IRPF (artículo 42.3), 'Estarán exentos los siguientes rendimientos del trabajo en especie: e) Las cantidades satisfechas a las entidades encargadas de prestar el servicio público de transporte colectivo de viajeros con la finalidad de favorecer el desplazamiento de los empleados entre su lugar de residencia y el centro de trabajo, con el límite de 1.500 euros anuales para cada trabajador. También tendrán la consideración de cantidades satisfechas a las entidades encargadas de prestar el citado servicio público, las fórmulas indirectas de pago que cumplan las condiciones que se establezcan reglamentariamente.


Hay que tener en cuenta que el IRPF es una norma aplicable al Derecho común, pero existen también Comunidades Autónomas con un régimen especial, donde esta cuestión tiene sus particularidades.

Tarjeta transporte retribución flexible

Así, en Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, la normativa del IRPF no prevé ninguna exención por este concepto de transporte, por lo que no se podrán aplicar las ventajas fiscales. Por otra parte, en Navarra, el Decreto Foral Legislativo 4/2008 establece lo siguiente (artículo 15.2.):' En ningún caso tendrán la consideración de retribuciones de trabajo en especie: d) Las cantidades satisfechas a las entidades encargadas de prestar el servicio público de transporte colectivo de viajeros para el desplazamiento de los empleados entre su lugar de residencia y el centro de trabajo, con el límite de 1.500 euros anuales para cada trabajador.

También tendrán la consideración de cantidades satisfechas a las entidades encargadas de prestar el citado servicio público, las fórmulas indirectas de pago que cumplan las condiciones que se establezcan reglamentariamente


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